Karen A. Frenkel, radicada en Nueva York, suele escribir sobre temas de ciencia y tecnología. Sus artículos son publicados en ScientificAmerican.com y en Communications of the ACM (Association for Computing Machinery).
En febrero de 2007, cuando Stephanie Lenz, de Pensilvania, subió en YouTube el vídeo de sus hijos bailando al ritmo de la canción “Let’s Go Crazy”, ni se imaginó el lío en que se vería envuelta con una estrella de la música popular y el gigante corporativo Universal Music Corporation, propietaria de los derechos de la canción de Prince, que puso freno a los intentos de la orgullosa mamá intento de compartir con el público las monadas de sus niños. La empresa discográfica más grande del mundo pidió a YouTube quitar las imágenes y así se hizo. El sello discográfico argumentó que Lenz había violado los derechos de autor establecidos en la Ley de Milenio Digital (DMCA) y pidió a YouTube retirar el vídeo. Los niños bailarines de la señora Lenz perdieron su lugar en la red Internet.
“Me sorprendió y me molestó cuando me enteré de que habían retirado mi vídeo”, dijo Lenz a la Fundación de Frontera Electrónica (EFF), entidad defensora de la libre expresión en Internet. “La empresa Universal no debería utilizar la amenaza legal para evitar que las personas compartan vídeos hechos en casa”.
La Ley de Derechos de Autor en el Milenio Digital, promulgada en 1998, aplica en Estados Unidos los tratados internacionales de protección de los derechos de autor. La ley otorga inmunidad casi total a las empresas proveedoras de Internet y a los servicios interactivos, tales como las redes sociales, cuyos usuarios vulneran los derechos de propiedad intelectual. Estas empresas sí están obligadas a retirar el material si el propietario de los derechos les envía una notificación de infracción, pero el contenido se puede subir nuevamente si el propietario que reclama sus derechos no presenta una demanda y si el usuario certifica que el material no infringe esos derechos.
En la actualidad y, como consecuencia de la ley DMCA, la red Internet rompe las barreras entre el proveedor y el consumidor de contenido digital haciendo posible a un público muy amplio la creación y la distribución de contenido sin temor a que las demandas lleven a la quiebra a las empresas proveedoras de Internet. No obstante, existe también amplia evidencia de que los productores aficionados no conocen a fondo los derechos de propiedad intelectual o sus responsabilidades legales.
La EFF radicó una demanda en contra de Universal en nombre de Lenz. Según ellos, el vídeo, de 29 segundos de duración, en el que escasamente reconocible se escucha la canción de Prince muy al fondo, no vulneraba los derechos de autor del sello discográfico. Alegaba también que el gigante discográfico no tomó en cuenta el derecho a “uso justo” de la señora Lenz cuando subió su videoclip y que había sido privada de su derecho a la libre expresión.
El concepto de uso justo es una de las zonas grises o no bien definidas de los derechos de autor porque permite la cita de pasajes breves de la obra de un autor sin previa autorización. Sin embargo, la ley no establece específicamente la longitud o índole de las citas permitidas o cómo se pueden utilizar.
A todo esto, el cantante Prince reveló a la agencia de noticias Reuters que su intención era “reclamar su arte en Internet” y Universal anunció que, como cuestión de principios, pediría se diera de baja de la red todo contenido generado por usuarios con material del artista.
En agosto de 2008 el tribunal falló a favor de EFF y Lenz, al dictaminar que Universal Music no había considerado el concepto de uso justo de una obra antes de emitir la notificación no fundamentada de quitar el vídeo. El tribunal concluyó que la empresa hizo uso indebido de las disposiciones de la ley DMCA. YouTube restituyó el vídeo de los niños Lenz, y ahora las partes se disputan el pago por perjuicios y las costas de abogados.
Las opiniones expresadas en este artículo no reflejan necesariamente los puntos de vista o políticas del gobierno de Estados Unidos.
